La Corte Constitucional declaró inexequibles cinco decretos legislativos expedidos durante el estado de Conmoción Interior en el Catatumbo, al considerar que no cumplieron requisitos constitucionales, principalmente la falta de firmas de todos los ministros del gabinete. No obstante, avaló tres normas clave que establecen medidas excepcionales de seguridad, trabajo y transporte en zonas gravemente afectadas por el conflicto.
DECRETOS QUE SIGUEN VIGENTES:
1. Decreto 118 de 2025: establece un esquema de control unificado de la Fuerza Pública, permitiendo que un comandante militar ejerza control sobre militares y policías en el Catatumbo, Cúcuta, Río de Oro y González.
2. Decreto 119 de 2025: autoriza medidas de protección laboral, incluyendo el trabajo en casa obligatorio para preservar la vida e integridad de los trabajadores.
3. Decreto 120 de 2025: flexibiliza el transporte público terrestre en los municipios afectados, coordinado con autoridades de seguridad.
DECRETOS DECLARADOS INEXEQUIBLES:
Decreto 132 de 2025: regulaba medidas sobre combustibles. Fue tumbado por no contar con las firmas de todos los ministros.
Decreto 133: permitía el uso del espectro radioeléctrico con fines humanitarios y de seguridad sin requisitos previos.
Decreto 135: autorizaba a alcaldes y gobernadores a modificar presupuestos territoriales para enfrentar la crisis.
Decreto 137: buscaba implementar protección integral para comunidades y firmantes del acuerdo de paz.
Decreto 155: proponía mejoras en infraestructura educativa y fue declarado inconstitucional por depender de otro decreto ya anulado.
La decisión ha generado distintas reacciones, especialmente en el Catatumbo, donde además avanza la polémica por la designación de una Zona de Ubicación Temporal de las FARC en Tibú.
Fuente: Colprensa